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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335177
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 447
ESTADO, ACTOS DEL, COMO ENTIDAD JURIDICA SUSCEPTIBLE DE DERECHOS Y OBLIGACIONES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 447
El amparo es improcedente, cuando el acto reclamado consiste en el hecho de alguna autoridad, que obra, no en el ejercicio de la soberanía que tiene, sino como representante del Estado que suscribió un contrato, o sea como entidad jurídica susceptible de derechos y obligaciones, como persona moral.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 10844/32. Compañía Telegráfica Mexicana. 8 de julio de 1935. Mayoría de tres votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.