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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335191
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 596
PROSTITUCION, CASAS DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 596
De conformidad con el artículo 55, interpretado contrario sensu, de la Ley de Amparo, debe negarse la suspensión que se pida contra los actos que consistan en la clausura de casas de prostitución, pues si se permitiera que establecimientos de esa clase permanecieran abiertos, en virtud de la suspensión solicitada, por tratarse de centros de vicio que afectan a la moral pública, la sociedad resentiría perjuicios de consideración.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 371/34. Sabucedo Camilo. 11 de julio de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.