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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
335239
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 1916

AMPARO ADMINISTRATIVO, PROCEDENCIA DEL.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 1916

Precedentes

Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda 3007/35. Aragón Alberto. 30 de julio de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Véanse: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca: Tomo XVII, pagina 1183, tesis de rubro "AMPARO ADMINISTRATIVO.". Tomo XLVI, pagina 947, tesis de rubro "AMPARO ADMINISTRATIVO.". Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Tercera Parte, Segunda Sala, página 700, tesis 401, de rubro "RECURSOS ORDINARIOS. NO ES NECESARIO AGOTARLOS CUANDO UNICAMENTE SE ADUCEN VIOLACIONES DIRECTAS A LA CONSTITUCION.".
Registro digital (IUS): 335239