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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335251
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 2072
LEYES ESPECIALES EN OPOSICION A LEYES GENERALES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 2072
Una ley especial no puede ser derogada por una de carácter general, cuando no exista la disposición expresa; ya que, por principio de derecho, la oposición aparente que puede existir entre una ley general y una especial, debe interpretarse en el sentido de que la especial subsiste, como excepción a la de carácter general.
Precedentes
Amparo administrativo directo 5332/34. Patrón Solís Federico. 2 de agosto de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.