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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335273
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 2504
PROPIEDAD Y POSESION PARA LOS EFECTOS DEL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 2504
Si una persona pide amparo, señalado como acto reclamado, el de que se trata de privársele de su posesión, y para acreditar ésta, rinde pruebas sobre propiedad y posesión de determinados bienes, el hecho de que el Juez examine y aquilate esas pruebas, inclusive las de propiedad, no significa que haya resuelto sobre cuestiones de propiedad y posesión definitivas, que no son materia del juicio de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 991/35. Compañía Mexicana Radiodifusora Fronteriza, S. A. 9 de agosto de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.