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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335284
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 2677
PETROLEO, IMPUESTOS SOBRE FUNDOS DEDICADOS A LA EXPLOTACION DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 2677
Si en el juicio de garantías se reclama, no solamente el procedimiento de ejecución por pago de impuestos petroleros, contra el cual el interesado puede ejercitar el derecho de oposición, sino que también se reclama una orden girada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Tesorería de la Federación, para que se hagan efectivos los impuestos a que se refiere la Ley del Impuesto Sobre Fundos Petroleros, con motivo de los títulos de confirmación de derechos para la exploración y explotación de petróleo; no debe rechazarse por improcedente, una demanda de amparo que en contra de estos actos se pida, ya que contra la última orden, no cabe el expresado derecho de oposición.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda 1922/35. Martel viuda de Bercht Concepción. 12 de agosto de 1935. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.