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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335289
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 2799
SOBRESEIMIENTO POR MUERTE DEL QUEJOSO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 2799
Aun cuando el artículo 44, fracción II, de la Ley de Amparo, señala como causa de sobreseimiento, el de que el quejoso muera durante el juicio, si la garantía violada afecta sólo a su persona, ese precepto no es aplicable cuando los actos que se reclaman, afectan a su patrimonio y, después de su muerte, a su sucesión.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 11120/32. Carrillo Felipe. 14 de agosto de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: José M. Truchuelo.