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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335291
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 2803
INFORMACION TESTIMONIAL EN JURISDICCION VOLUNTARIA, VALOR PROBATORIO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 2803
La información testimonial rendida en jurisdicción voluntaria, no constituye una prueba plena en contra de tercero, aun cuando haya sido hecha con citación del Ministerio Público y éste haya repreguntado a los testigos, y el hecho de que una autoridad haya admitido como prueba una información testimonial de esta naturaleza, no justifica que se siga cometiendo el mismo error dando valor probatorio pleno, a otra información testimonial rendida en jurisdicción voluntaria.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 105/35. Villalpando Eustolio. 14 de agosto de 1935. Mayoría de tres votos. Disidentes: José M. Truchuelo y Agustín Gómez Campos. Relator: Jesús Garza Cabello.