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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335297
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 2939
IMPUESTOS SOBRE HERENCIAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 2939
El artículo 45 de la Ley del Impuesto sobre Herencias y Legados, no se refiere únicamente a los depósitos de valores en poder del deudor, sino a los productos de los contratos u operaciones vigentes celebrados con el autor de la herencia; cuestión prevista en el párrafo VII de dicho artículo, y el objeto de que se retenga el producto de los contratos o de los muebles, en poder del deudor, es el de garantizar los intereses fiscales para obtener con mayor facilidad el pago de los derechos que corresponden al fisco federal.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4188/34. Valladares Tomás y coagraviado, sucesión de. 16 de agosto de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.