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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335302
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 2953
SECRETARIA DE AGRICULTURA Y FOMENTO, CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO CELEBRADOS POR LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 2953
Si la Secretaría de Agricultura y Fomento, celebra un contrato de arrendamiento con alguna persona, para rescindir dicho contrato o para ejercer las acciones y derechos que de él nazcan, debe ocurrir a las autoridades judiciales del fuero común, como cualquier persona del derecho privado, sin que tenga facultades para ejercer actos de autoridad o para resolver sobre la validez o rescisión de los contratos de derecho privado que ha celebrado con los particulares.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1518/35. Barajas J. Refugio. 16 de agosto de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. La publicación no menciona el nombre del ponente.