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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335309
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 2975
EXPROPIACION, SUSPENSION EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 2975
Tratándose de determinaciones dictadas por las autoridades, con objeto de mejorar las poblaciones, la sociedad está, indiscutiblemente, interesada en su más eficaz cumplimiento, por lo que, según la fracción I del artículo 55 de la Ley de Amparo, debe negarse la suspensión definitiva que se pida respecto de tales actos.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 269/35. Pompa viuda de Zamora Nicolasa. 16 de agosto de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Asiáin. La publicación no menciona el nombre del ponente.