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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
335338
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 3456

PAN, REQUISITO DE INSTANCIA ENTRE LOS EXPENDIOS DE.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 3456

Precedentes

Tomo XLV, página 6687. Indice Alfabético. Amparo en revisión 3179/34. Iruzu Sagardoy Valeriano. 26 de septiembre de 1935. Mayoría de tres votos. Disidente y ponente: Alonso Aznar Mendoza. Tomo XLV, página 6687. Indice Alfabético. Amparo 1401/34. Meza María del Carmen. 26 de septiembre de 1935. Mayoría de tres votos. Disidente y ponente: Alonso Aznar Mendoza. Tomo XLV, página 6687. Indice Alfabético. Amparo 3441/34. Ortiz Manuel. 31 de agosto de 1935. Mayoría de tres votos. Disidentes: Alonso Aznar Mendoza y Jesús Garza Cabello. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo XLV, página 3456. Amparo administrativo en revisión 1270/34. Rivas Oliverio. 24 de agosto de 1935. Mayoría de tres votos. Relator: José M. Truchuelo.
Registro digital (IUS): 335338