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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335348
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 3673
CONTRATOS CONDICIONALES, IMPUESTOS CAUSADOS EN LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 3673
La disposición contenida en el artículo 227 de la Ley del Timbre, debe interpretarse en el sentido de que exista celebrado ya un contrato sujeto a determinada condición; mas no es aplicable cuando se trata de una promesa de contrato que, a su vez, deberá llevarse a cabo, de cumplirse determinada condición.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 314/30. González Tamargo Antonio. 27 de agosto de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. La publicación no menciona el nombre del ponente.