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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335365
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 3912
ACTOS DE PARTICULARES, CONTRA ELLOS ES IMPROCEDENTE LA SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 3912
Si por tratarse de actos ejecutados, se niega la suspensión definitiva contra la orden de una autoridad municipal, para ocupar tierras, también debe negarse contra la explotación de las mismas tierras, porque una vez dada la posesión a los solicitantes de ellas, los actos que ejecuten, inclusive la misma explotación, corresponde a simples particulares, y la suspensión sólo procede contra actos de autoridad.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 6462/33. Carrasco Agustín B. 29 de agosto de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.