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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335377
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 4080
RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS, REVOCABILIDAD DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 4080
Las resoluciones de las autoridades administrativas, no pueden equiparse a las sentencias pasadas en autoridad de cosa juzgada, sino que pueden modificarse en cualquier tiempo, con la única cortapisa de que no vulneren derechos de tercero.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2386/35. Beristáin Serafín. 31 de agosto de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: José M. Truchuelo.