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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335423
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 5050
CONSTRUCCIONES, SUSPENSION CONTRA LA ORDEN DE IMPEDIRLAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 5050
Si se reclama en amparo la orden de la autoridad administrativa, para que el quejoso suspenda la construcción de obras en predios urbanos, y se ignoran las razones que tiene aquélla, para dictar el acto reclamado, la suspensión debe concederse, puesto que los propietarios de los terrenos resienten perjuicio de difícil reparación, si suspenden sus construcciones, porque ningún uso podrán dar a edificios a medio construir, y no existiendo tercero perjudicado, no debe exigirse requisito alguno para la suspensión.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 2927/35. Duarte Alvarez Carlos y coagraviados. 13 de septiembre de 1935. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.