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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335443
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 5517
EMPLEADOS FEDERALES, EMBARGO DE LOS SUELDOS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 5517
No existe, propiamente, pugna entre el artículo 77 de la Ley Orgánica de la Tesorería de la Federación y el 95 de la Ley Federal del Trabajo, ya que el primero se refiere a sueldos de los empleados y el segundo a salarios de trabajadores, y debe entenderse que este último fue dictado para garantizar el salario mínimo, por lo cual no puede aplicarse tratándose de un empleado del Gobierno Federal, que percibe un sueldo muy superior al fijado como salario mínimo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 568/35. Torres Encarnación. 23 septiembre de 1935. Mayoría de tres votos. Disidentes: Agustín Aguirre Garza y Alonso Aznar Mendoza. La publicación no menciona el nombre del ponente.