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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335448
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 5558
DERECHOS ADICIONALES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 5558
Los derechos adicionales que establece la ley aduanal, son especiales para los casos de infracciones de las disposiciones de la ley citada, cuando se intenta introducir al país, voluntariamente y en detrimento del fisco, mercancías o efectos, sin llenar los requisitos legales, y no pueden considerarse como una pena correspondiente al delito de contrabando, que, por lo mismo, solamente estaría capacitado para imponerla, la autoridad judicial.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5102/33. Compañía Cervecera "Azteca", S. A. 24 de septiembre de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Jesús Garza Cabello.