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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335467
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 5923
AYUNTAMIENTOS, SUSPENSION TRATANDOSE DEL CESE DE SUS MIEMBROS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 5923
Si se reclaman en amparo los efectos de un decreto, que manda que cesen en sus funciones los miembros de un Ayuntamiento, y aparece que en lugar de aquéllos, fueron nombrados los sustitutos, que deben integrar la junta de administración civil, quienes entraron desde luego en funciones, se trata de actos ejecutados y la suspensión debe negarse; sin que pueda tomarse en consideración, para establecer lo contrario, que los quejosos hubieran querido desvirtuar la naturaleza de hechos ejecutados, reinstalándose, puesto que con la ejecución de aquellos actos, se consuma, de manera irreparable, el acto de la destitución.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 4824/35. Vázquez Camilo y coagraviados. 27 de septiembre de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.