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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335495
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 338
AMPARO CONTRA UNA LEY.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 338
No basta para considerar reclamada en amparo una ley, que el quejoso use la palabra "inconstitucional", o exprese que no está conforme con la ley aplicable, sino que es necesario que la señale expresamente como acto reclamado, y como autoridades responsables, a las que la promulgaron, para que exista la controversia y para que la Justicia Federal pueda oír en defensa a las autoridades que promulgaron el decreto, ley, o reglamento reclamados.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2731/34."Compañía Petróleo y sus Derivados, S.A.". 5 de abril de 1935. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.