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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335522
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 758
FRACCIONAMIENTOS AGRICOLAS, CONVENIOS SOBRE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 758
Cuando el acto reclamado consiste en la orden dada por una autoridad, para evitar la violación de un convenio celebrado entre la Secretaría de Agricultura y Fomento y una empresa particular, para llevar a cabo un fraccionamiento, es improcedente conceder la suspensión, pues en el cumplimiento de convenios de esa naturaleza, están interesados, tanto la sociedad como el Estado.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 2457/33. Saldaña Agustín. 10 de abril de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.