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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335530
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 834
RETROACTIVIDAD DE UNA LEY.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 834
Si en la demanda se alega que se aplica retroactivamente una ley fiscal, para exigir impuestos y recargos que ya habían sido cubiertos antes de entrar en vigor aquella ley, y no se comprueba haber hecho el pago, el cobro no es violatorio de garantías, supuesto que existe una ley que lo funda suficientemente.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5095/34. Minvielle Carlos. 11 de abril de 1935. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.