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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335564
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 1379
PRUEBA TESTIMONIAL Y PERICIAL EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 1379
El propósito de la disposición relativa a esas pruebas, es indiscutiblemente, el de dar tiempo para que el Juez de Distrito distribuya, oportunamente, entre las partes, las copias del escrito en las que contienen los interrogatorios a los testigos o a los peritos; de aquí que pueda computarse el día en que se haga la promoción, se requiere que está sea depositada en el Juzgado en una hora en que, dadas las actividades y labores de la oficina, permita que se proceda luego a dictar el proveído y a notificarlo a las partes. En tal virtud, si el escrito anunciando la prueba testimonial, se entrega en el domicilio del Juez, después de concluidas las labores del día, no puede computarse este día en el término indicado.
Precedentes
Queja en amparo administrativo 191/33. Smoot Edgar K. 22 de abril de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.