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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335570
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 1663
AUTORIDADES RESPONSABLES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 1663
Si el acto que da lugar a la ejecución que se reclama en amparo, no se encuentra debidamente fundado ni motivado, tampoco debe estimarse que lo esté la referida ejecución, y esta última implica una violación de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8317/32. Acosta Simón. 26 de abril de 1935. Mayoría de tres votos. Disidentes: José María Truchuelo y Agustín Aguirre Garza. La publicación no menciona el nombre del ponente. Engrose: Jesús Garza Cabello.