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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335599
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 1930
CONCESION CONFIRMATORIA DE DERECHOS PETROLIFEROS, IMPROCEDENCIA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 1930
Si el causante y los causahabientes, no ocurrieron oportunamente en solicitud de confirmación de sus derechos al subsuelo petrolífero, como lo debieron hacer en su calidad de superficiarios, en los plazos señalados por el artículo 15 de la Ley del Petróleo, y el Decreto de 23 de enero de 1928, que reformó aquel precepto, el cesionario no puede adquirir derechos de explotación petrolera, si en la fecha en que se otorgó la escritura para formalizar el contrato de una promesa de arrendamiento y se pactó la cesión de derechos, los superficiarios carecían ya de derechos para la confirmación.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1355/34. Bache Herrera Alberto. 30 de abril de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Jesús Garza Cabello.