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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335604
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 2021
AUTORIDADES RESPONSABLES, COMO DEBEN RENDIR SUS PRUEBAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 2021
Las autoridades señaladas como responsables deben presentar sus pruebas en la audiencia respectiva, enviándolas directamente o por medio de un mandatario, y si aquel a quien se designa para rendirlas, carece del carácter de mandatario, sólo tiene derecho de alegar en los términos del artículo 18 de la Ley de Amparo, pero no pueden rendir pruebas, ni tachar testigos.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2629/32. Bravo Izquierdo Donato. 2 de mayo de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.