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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335638
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 2628
PRESCRIPCION DE LOS CREDITOS A CARGO DEL FISCO FEDERAL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 2628
Si por disposición expresa de una ley, se declara prescrito un crédito a cargo del fisco, y no se objeta la aplicación de dicha ley o su constitucionalidad, es claro que la sentencia dictada en el juicio de amparo, debe estimar que la autoridad responsable, al declarar prescrito ese crédito, no pudo infringir garantía constitucional alguna.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3559/34. Jean Hermanos y Compañía. 11 de mayo de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Genaro V. Vázquez. Relator: José María Truchuelo.