Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/335686
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
335686
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 3248

MULTA EXCESIVA, LO ES LA QUE IMPONE EL ARTICULO 20 DE LA LEY NUMERO CUARENTA Y SIETE DEL ESTADO DE VERACRUZ, DE 15 DE ENERO DE 1929.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 3248

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 1602/32. Núñez viuda de Llorente Josefa. 20 de mayo de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.
Registro digital (IUS): 335686