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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335692
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 3327
DIAS FESTIVOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 3327
Por decreto presidencial de 5 de septiembre de 1933, se declararon días festivos el 25 y 31 de diciembre y 1o. de enero; en consecuencia, esos días no deben computarse para contar el término para la promoción de amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4004/34. Carrasco Juan. 21 de mayo de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.