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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335707
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 3602
CARBON VEGETAL, REGLAMENTO PARA LA VENTA DE, EN EL DISTRITO FEDERAL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 3602
El Reglamento para la venta de Carbón Vegetal en el Distrito Federal, sólo exige licencia, tratándose de expendios de carbón, conforme a los artículos 5o. y 7o. y no para repartir a domicilio el carbón que los clientes adquieren en el expendio; y si el quejoso comprueba pagar contribución por su carbonería, se presume la existencia de la licencia que ampara el establecimiento y es violatoria de garantías la prohibición para que haga dicho reparto.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 11187/32. Tirado Jacinto. 25 de mayo de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Relator: José María Truchuelo.