Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/335732
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335732
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 3830
IMPUESTOS, FIJACION DEL CAPITAL PARA EL COBRO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 3830
Si con la escritura de una sociedad, se acredita cuál es el monto del capital social y no se justifica que ese capital se haya aumentado, es violatoria de garantías la resolución del Jurado de Revisión del Departamento Central, que confirme la de la Junta Calificadora del mismo departamento y fije una cantidad mayor de la de referencia, para que sirva de base al cobro de los impuestos.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1175/35. "Bezanilla", S. A. 29 de mayo de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Genaro V. Vázquez. La publicación no menciona el nombre del ponente.