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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335741
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 3933
EXPROPIACION EN EL ESTADO DE SINALOA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 3933
La ley de fecha 12 de junio de 1902, concede a los interesados el recurso de acudir ante la autoridad judicial, únicamente en el caso en que no haya acuerdo sobre el monto de la indemnización, para el efecto de fijar tal monto; y en consecuencia, puede ocurrirse al amparo contra la declaración de expropiación, puesto que contra ella no existe recurso ante la potestad común.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4395/35. Díaz Martínez Elena. 30 de mayo de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: José María Truchuelo.