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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335796
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 5014
PENAS ADMINISTRATIVAS, EJECUCION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 5014
Es improcedente que se mande ejecutar una pena administrativa impuesta a un causante que ha interpuesto un recurso contra ella, si éste no ha sido resuelto, ya que equivaldría a dejarlo sin materia, máxime, si la solicitud ha sido interpuesta en tiempo hábil, y le da derecho al quejoso, a la admisión del recurso.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 310/35. Compañía Telefónica y Telegráfica Mexicana. 14 de junio de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.