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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335845
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 906
IMPUESTOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 906
Lo expuesto en una demanda de amparo, en términos de defensa, no puede tomarse como una confesión plena, para fundar el cobro de un impuesto, con posterioridad.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 499/34. Rivera Cabrera Crisóforo. 12 de febrero de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.