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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335889
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 1836
DIVISION POLITICA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 1836
Contra la que hagan las legislaturas locales, en uso de las facultades que las leyes les conceden, no pueden interponer amparo las personas morales oficiales, porque en tal caso, no tienen el carácter de entidades jurídicas, sino de autoridades.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1160/31. Ayuntamiento del Municipio de Acayucan, Veracruz. 2 de marzo de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: José María Truchuelo.