Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/335921
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335921
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 2723
REMATES EN EL ESTADO DE QUERETARO, APROBACION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 2723
Estando determinado por la ley del procedimiento y siendo consecuencia del remate, acto original apegado estrictamente a las disposiciones que lo originen, la aprobación del mismo por parte del Ejecutivo del Estado, es claro que el otorgamiento de la escritura respectiva ordenada por la autoridad competente, y su inscripción en el Registro Público, emanado de un procedimiento absolutamente legal, no puede ser violatorio de garantías individuales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4910/33. Cosío de Covarrubias Guadalupe G. 18 de marzo de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Excusa: José María Truchuelo. La publicación no menciona el nombre del ponente.