Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/335922
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335922
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 2812
EJECUTORES FISCALES, NATURALEZA DE LOS HONORARIOS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 2812
Los honorarios de los ejecutores forman parte de los gastos de cobranza y quedan incluidos en el crédito fiscal exigible, lo mismo que los recargos legales, por la falta de pago oportuno de los impuestos; y si en una liquidación fiscal se omitió incluir los honorarios del depositario, pueden después cobrarse dentro del procedimiento económico coactivo, aun cuando el ejecutor haya dejado de tener el empleo correspondiente.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 659/34. Sharptón Alejandro S. 20 de marzo de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Jesús Garza Cabello.