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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335924
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 2820
EMPLEADOS PUBLICOS, DEMANDA DE LOS SUELDOS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 2820
Como el empleado público, por su situación jurídica no puede ocurrir a los tribunales comunes, ni ante las Juntas de Conciliación, para demandar el pago de sus sueldos, es procedente que en casos de esta índole, se admita la demanda de garantías, toda vez que el no pagar a un empleado público, el sueldo que está previsto en la ley de egresos respectiva, significa una violación a las garantías consignadas en los artículos 14 y 16 constitucionales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2849/34. Barrios de los Ríos Enrique y coag. 20 de marzo de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.