Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/335926
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335926
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 2833
QUIEBRAS, AMPARO PEDIDO POR LOS ACREEDORES DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 2833
Es improcedente el amparo que promuevan reclamando un acto que no afecta a sus propios créditos, sino a los bienes del fallido, puesto que es al síndico a quien corresponde la defensa de la quiebra.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda 254/35. Plascencia Alejandro y coags. 20 de marzo de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Jesús Garza Cabello.