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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335949
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 3226
EXPROPIACION EN VERACRUZ, TERCERO EXTRAÑO A LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 3226
El recurso establecido por el artículo 34 de la ley número 323 del Estado de Veracruz, no se concede a cualquier persona sino tan solo a los que con el carácter de partes, figuren en el expediente de expropiación, por lo que si de las constancias remitidas por las autoridades, aparece que en el acto de expropiación se tuvieron como propietarios de los terrenos expropiados, a personas distintas a las solicitantes del amparo, es improcedente sobreseer en el mismo, por la causa citada.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1588/33. Herrera Belem. 27 de marzo de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.