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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335953
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 3242
PETROLEO, CONFIRMACION DE LOS DERECHOS AL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 3242
La fecha de la celebración del contrato respectivo, es dato indispensable para que la Secretaría de la Economía Nacional pueda confirmar los derechos del solicitante al subsuelo petrolífero, ya que éstos tienen lugar cuando se funda en contratos celebrados con anterioridad al 1o. de mayo de 1917, conforme a lo previsto por el artículo 14 de la Ley del Petróleo, y no puede decirse que la autenticidad de un contrato, en cuanto a su fecha, está suficientemente demostrado, si el documento privado que el solicitante exhibe, no se comprobó que fuera auténtico, y se protocolizó después de vencido el plazo de doce años de su duración, independientemente de la consideración de si era o no, necesario hacerlo constar en escritura pública y registrarlo debidamente.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2327/34. Padilla Pedro. 27 de marzo de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.