Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/335957
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335957
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 3345
PROCEDIMIENTO FISCAL, VIOLACIONES EN EL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 3345
Si en la demanda de amparo se alega, fundamentalmente, haberse opuesto a un procedimiento fiscal y que, no obstante ello, se continuaron los procedimientos, y no se rinde prueba alguna para justificar que se intentó dicha oposición y la autoridad responsable nada expresa en su informe sobre el hecho de que se haya promovido dicho recurso, no quedan justificadas las violaciones de leyes que se alegan en la queja.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6769/34. Mira Anselmo. 28 de marzo de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Genaro V. Vázquez.