Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/335963
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335963
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 3395
PROTECCION FEDERAL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 3395
Debe negarse, si en la demanda se transcriben únicamente los artículos 14 y 16 constitucionales, sin expresarse los conceptos por los que fueron violados con el acto reclamado, y esos conceptos no pueden deducirse de la simple transcripción citada.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4863/34. Jaramillo Vicente. 29 de marzo de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.