Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/335965
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335965
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 3520
EXTRANJEROS, GARANTIAS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 3520
Si bien es verdad que el artículo 33 Constitucional, previene que los extranjeros tienen derecho a las garantías que otorga la Constitución Federal, también lo es que tanto los extranjeros como los nacionales, están obligados a acatar las leyes del país, sin que tal acatamiento implique una violación de esas garantías, ya que el mismo artículo 33, faculta ampliamente al Ejecutivo de la Unión, para hacer abandonar el territorio nacional a todo extranjero cuya permanencia juzgue inconveniente, e indudablemente lo es la resistencia a acatar las citadas leyes.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 4292/25. Martín Vicente y coag. 30 de marzo de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Octavio M. Trigo.