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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335986
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 248
PARTICULARES, DERECHOS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 248
En el sistema de organización jurídica que rige en el país, no existen otros derechos que los que las leyes reconocen, esto es, el derecho emana de la ley; de tal manera que si no existe un precepto legislativo que expresamente reconozca a los particulares determinadas facultades, cabe afirmar que no les asiste derechos que hacer valer.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 797/33. Mexican Petroleum Company. 7 septiembre de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Arturo Cisneros Canto.