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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335990
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 355
ADEUDOS FISCALES, CUANDO PROCEDE LA SUSPENSION CONTRA SU PAGO, SIN GARANTIA ALGUNA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 355
Si en un procedimiento económico coactivo se practica el embargo, los intereses del fisco están debidamente asegurados y para conceder la suspensión, no ha lugar a exigir depósito de la cantidad que se cobra y debe concederse sin garantía adicional alguna.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 1477/32. Madrid Josefa. 8 de septiembre de 1934. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Enrique Osorno Aguilar. La publicación no menciona el nombre del ponente.