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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335994
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 431
CANCELACION DE INSCRIPCIONES (ACTOS CONSUMADOS).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 431
Un acto se consuma de manera irreparable cuando no es posible que las cosas vuelvan al estado que tenían antes de su ejecución, pero cuando esta posibilidad es evidente, como en el caso en que para revivir los gravámenes que reportaba un inmueble, basta hacer en los libros respectivos del Registro Público, las anotaciones correspondientes, no puede decirse que el acto esté consumado en forma irreparable.
Precedentes
Tomo XLII, página 3858. Indice Alfabético. Amparo 1669/34. Garza Constancio de la. 21 de noviembre de 1934. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Jesús Guzmán Vaca. Ponente: José López Lira.
Tomo XLII, página 431. Amparo administrativo en revisión 1947/34. Garza Constancio de la. 10 de septiembre de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Luis M. Calderón.