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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336000
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 571
ACTOS EJECUTADOS, CONTRA ELLOS NO PROCEDE LA SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 571
De conformidad con la jurisprudencia que ha establecido la Suprema Corte de Justicia, debe negarse la suspensión definitiva tratándose de actos ejecutados; ya que, de, otorgarse, sus efectos serían restitutorios; lo cual sólo es propio de la sentencia que concede el amparo.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 11863/32. Estaban Salvador. 12 de septiembre de 1934. Mayoría de tres votos. Disidentes: Fernando de la Fuente y Paulino Machorro y Narváez. La publicación no menciona el nombre del ponente.