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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
336006
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 639

LEYES, RETROACTIVIDAD DE LAS.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 639

Precedentes

Tomo XLII, página 4026. Indice Alfabético. Amparo 14394/32. Castellanos viuda de Zapata Mercedes. 18 de septiembre de 1934. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Jesús Guzmán Vaca. Tomo XLII, página 639. Amparo administrativo en revisión 13042/32. Vales Millet Carlos. 17 de septiembre de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Jesús Guzmán Vaca. Tomo XLII, página 4026. Indice Alfabético. Amparo 13036/32. Patrón Espada Candelaria y coagraviados. 17 de septiembre de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Véase: Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Octava Parte, Común, página 423, tesis 248, de rubro "RETROACTIVIDAD DE LA LEY, SE PROTEGE CONTRA LA, SI CAUSA PERJUICIO.".
Registro digital (IUS): 336006