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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
336007
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 639

LEYES PRIVATIVAS.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 639

Precedentes

Tomo XLII, página 4025. Indice Alfabético. Amparo 14394/32. Castellanos viuda de Zapata Mercedes. 18 de septiembre de 1934. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Jesús Guzmán Vaca. Tomo XLII, página 639. Amparo administrativo en revisión 13042/32. Vales Millet Carlos. 17 de septiembre de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Jesús Guzmán Vaca. Tomo XLII, página 4025. Indice Alfabético. Amparo 13036/32. Patrón Espada Candelaria y coagraviados. 17 de septiembre de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo XLI, página 1912. Amparo administrativo en revisión 14389/32. Juanes Domínguez Fernando y coagraviados. 9 de julio de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Jesús Guzmán Vaca. Véanse: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca: Tomo VII, página 333, tesis de rubro "LEYES PRIVATIVAS.". Tomo XVIII, página 1029, tesis de rubro "LEY PRIVATIVA.". Tomo LXXIX, página 6015, tesis de rubro "LEYES PRIVATIVAS.". Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Primera Parte, Pleno, página 169, tesis 84, de rubro "LEYES PRIVATIVAS.".
Registro digital (IUS): 336007